Gestión y mantenimiento

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Marco jurídico de las vías verdes

Espacio público accesible a todos, la vía verde tiene un cuadro jurídico específico. El SMRDA se encarga de aplicar las reglas de los usos y ocupación de este dominio público del que es propietario. Se trata de garantizar la seguridad de los usuarios y su cohabitación con las otras actividades ligadas a la vía verde. Ningún texto en concreto viene a enmarcar la creación o la gestión de las vías verdes, solo la circulación está reglamentada.

Para la creación de vías verdes, los que las acondicionan pueden tomar como referencia el  Esquema Nacional de ciclopistas y vías verdes, actualizado en 2010. Pero este esquema solo presenta algunas indicaciones y no tiene ningún valor jurídico. También se ha realizado un pliego de condiciones pero solo propone algunas recomendaciones para realizar las vías verdes.

Para la circulación de las vías verdes, el Código de Circulación prevé dos disposiciones precisas:
-articulo R 110-2: una vía verde es una “carretera exclusivamente reservada a la circulación de vehículos no motorizados, de peatones y jinetes” (el que gestione la vía verde puede elegir la prohibición de su uso por jinetes)
-articulo R 412.7: “los conductores de vehículos motorizados no deben circular por las vías verdes”

Esta referencia al Código de Circulación implica que las vías verdes deben estar equipadas de señalización de carretera horizontal (pintura en el suelo) y vertical (paneles). Un panel específico permite igualmente indicar la presencia de vías verdes.

Para hacer respetar estas disposiciones reglamentarias, una autoridad policial ha de controlar el respeto de este reglamento. Para las vías verdes, la costumbre indica que el poder policial sea ejercido por los alcaldes en lo que concierne a los trozos de vía verde situados en su territorio y por el prefecto en lo que va más allá de ese territorio.

Algunas reglas con respecto al uso de la Vía Verde de Gaves

Con el fin de garantizar la cohabitación entre usuarios y actividades ligadas a la vía verde, el SMDRA ha publicado en 2009 un reglamento de utilización de la Vía Verde de Gaves que precisa sobre todo las reglas de buena conducta que hay que tomar. Cualquier persona que desee utilizar la vía verde para una actividad, obras, un paso temporal, ha de pedir una autorización al SMDRA:
 

  • Organización de una actividad, un evento deportivo, cultural
    Para las asociaciones, los particulares, las empresas o las colectividades locales que deseen utilizar la vía verde como soporte de su actividad, se debe pedir una autorización a la subprefectura de Argelès-Gazost. Deben contactar igualmente con el SMRDA antes de la organización de su animación para que les informen de los pasos que hay que seguir. Una vez que se cumplan las condiciones en términos de seguridad, declaración, seguros, obtendrán la autorización de la subprefectura y del SMDRA.
     

  • Ocupación temporal de la vía verde para el paso de vehículos de servicio
    Algunas autoridades públicas tienen que utilizar la vía verde para el mantenimiento de obras, del terreno o para realizar trabajos cerca de la vía verde. Para ello, se debe pedir una autorización al SMDRA y si esa utilización temporal es compatible con el uso de la Vía Verde de Gaves, el SMDRA firma un acuerdo con el que la pide para precisar las modalidades y las responsabilidades de esta ocupación.
     

  • Ocupación para trabajos, o para la realización de obras en el domino de la vía verde
    Cuando las colectividades locales o las empresas deben utilizar la vía verde para realizar trabajos, debe de consultarse anteriormente al SMDRA con el fin de verificar que estos trabajos no estropearán el dominio de la vía verde. Si han de realizarse obras (canalizaciones, redes…) en el dominio de la vía verde, también ha de consultarse anteriormente con el SMRDA. En el primer caso, también se firma un convenio de autorización.
     

  • Creación de un nuevo acceso a la vía verde
    Cualquier persona, pública o privada, que desee acondicionar un nuevo acceso a la vía verde debe consultar anteriormente al SMDRA. En efecto, el SMDRA rechaza que sea creado cualquier acceso nuevo salvo en caso de fuerza mayor ligado a la seguridad de los usuarios.
     

  • Publicidad en los bordes de la vía verde
    El reglamento de 2009 precisa que toda publicidad, letrero o señalización publicitaria están prohibidas en el conjunto del recorrido de la vía verde (vía y bordes)

Tener en consideración el desarrollo sostenible para entretener la vía verde

  • Una conducta de inserción y de profesionalización

Se confía el mantenimiento de la vía verde a la Brigada Verde del “Syndicat Mixte du Haut-Lavedan”.

Esta brigada entra desde 2007 en el acuerdo estatal de “Talleres y Obras de Inserción” y tiene una larga experiencia en inserción socioprofesional. Para el año 2011, el SMDRA ha llegado a un acuerdo de servicio de inserción y de profesionalización con la Brigada Verde para el mantenimiento de la Vía Verde de Gaves. Este acuerdo consiste en hacer realizar tareas de utilidad social a personas que encuentran dificultades en la inserción social y profesional. Estas horas de trabajo remuneradas están asociadas a un dispositivo de acompañamiento específico e individual.

La brigada verde realiza todos los trabajos de mantenimiento de la vía verde, excepto las grandes obras de reconstrucción de la vía o de acondicionamientos particulares.

Estos trabajos son de varios tipos y conciernen a los 17 km de vía entre Lourdes y Pierrefitte-Nestalas (el km de vía verde situado en el interior de Lourdes lo mantienen los servicios de la ciudad):
- quitar todo lo vegetal de los bordes de  la vía: siega, desbrozo, deshierbe
- trabajos paisajísticos: tallar setos, poda, plantación
- mantenimiento: trabajos de reparación de la vía, instalación de paneles, mantenimiento de la señalización, instalación y mantenimiento de los equipamientos (bancos, pilotes…)
- limpieza: barrer, soplado de hojas, limpiezas puntuales.

El presupuesto anual destinado al mantenimiento de la Vía Verde de Gaves es de más o menos 15.000 euros.

Cada año, se define entre la SMDRA y la Brigada Verde un calendario de mantenimiento y se realizan visitas regulares para controlar que se realicen las prestaciones. Estas visitas permiten también controlar la calidad del revestimiento y la limpieza de la vía.

Todos los comentarios y observaciones de los usuarios y vecinos con respecto al mantenimiento de la vía verde son tomados en cuenta por el SMDRA.
 

  • Por un mantenimiento más respetuosos del medioambiente

El SMDRA se comprometió en 2010 a disminuir la utilización de productos fitosanitarios para desherbar las cercanías de la vía. El SMDRA y la Brigada Verde han determinado un cierto número de zonas sensibles (fosos, riveras del Gave) en los cuales el uso de productos fitosanitarios está prohibido. Estas zonas serán en adelante desherbadas mecánicamente (manualmente) y en 2011, la Brigada Verde va a experimentar con el deshierbe térmico.

A día de hoy, solo estas zonas pueden ser objeto de un tratamiento alternativo, ya que un desbrozo mecánico de los 17 km de la vía exigiría intervenciones constantes de la Brigada Verde. Hoy en día esto es imposible en términos de mano de obra disponible y de coste. Por consiguiente, un tratamiento anual con productos químicos se autoriza fuera de las zonas sensibles y respetando las condiciones optimas de realización (sin viento, sin lluvia y puesta a salvo de los usuarios).

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